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MADRID, 22 Oct. (EUROPA PRESS) –

El Ministerio de Hacienda centralizará la gestión de las reclamaciones por responsabilidad patrimonial del Estado que interpongan los ciudadanos contra las actuaciones de los distintos ministerios en la gestión de la pandemia «por razones de eficacia» y para valorar de forma global su incidencia presupuestaria.

Así consta en 19 resoluciones que publica este jueves el Boletín Oficial del Estado (BOE) en las que se recogen los acuerdos de encomienda de gestión de estos expedientes que han suscrito casi todos los ministerios del Gobierno con la Subsecretaría de Hacienda, órgano que, a través de su Secretaría General Técnica, asumirá durante un periodo de dos años a contar desde este jueves la gestión de las reclamaciones por el Covid.

En todas estas resoluciones se explica que «los precedentes de reclamaciones masivas por parte de los ciudadanos» por la actuación de la Administración General del Estado (AGE) y de las entidades que dependen de ella «han revelado la necesidad de contar con una coordinación y seguimiento de dichos procedimientos de una forma centralizada».

Se expone que esta cuestión se ha puesto especialmente de manifiesto a raíz de la pandemia del coronavirus y que ello «permitirá valorar de forma global la incidencia presupuestaria y de gestión de los citados procedimientos».

El pasado mes de julio Hacienda creó, dependiendo de su Secretaría General Técnica, una unidad de seguimiento, coordinación y gestión de responsabilidad patrimonial en el ámbito de la AGE y las entidades dependientes de ella para el estudio, informe, coordinación y, en el caso de que le fuera encomendada, la gestión de los procedimientos masivos de responsabilidad patrimonial.

Lo que hacen ahora los Ministerios (sólo faltan por publicarse en el BOE los acuerdos de los Ministerios de Interior y de Transportes) es firmar con la Subsecretaría de Hacienda acuerdos de encomienda de gestión para que la Secretaría General Técnica lleve a cabo la gestión material de la tramitación de los expedientes de responsabilidad patrimonial de la AGE o del Estado legislador que se interpongan por la gestión del Covid-19 como consecuencia de sus actuaciones, alegando para ello «razones de eficacia».

De este modo, los Ministerios remitirán a la Secretaría General Técnica del Ministerio de Hacienda las reclamaciones de responsabilidad patrimonial que reciban por la gestión del Covid y la correspondiente documentación, «debidamente digitalizada».

A partir de ahí, Hacienda se encargará de dar de alta el expediente en la base de datos; pedir informes al servicio que haya ocasionado la presunta lesión indemnizable; otorgar, en su caso, trámite de audiencia al interesado; elaborar la propuesta de resolución; pedir dictamen al Consejo de Estado e informe a la Abogacía del Estado si es preceptivo; tramitar la suspensión de los plazos para resolver en caso de que sea necesario; elevar la propuesta de resolución a la consideración del Ministerio afectado, y notificar la resolución a los interesados.

En el caso de que las reclamaciones de responsabilidad patrimonial que se interpongan se basen en normas con rango de ley declaradas inconstitucionales, la Subsecretaría de Hacienda podrá realizadas todas las actuaciones necesarias para tramitar dichos expedientes hasta la fase de elevación de la propuesta de resolución al Consejo de Ministros.

HACIENDA TENDRÁ QUE SER INFORMADA SI SE RECURREN LAS RESOLUCIONES

En el supuesto de que los intersados presentaran un recurso de reposición a las resoluciones de reclamación de responsabilidad patrimonial, los Ministerios también deberán remitir a Hacienda toda la documentación correspondiente y, en su caso, informar de las resoluciones judiciales que se deriven tanto de las reclamaciones como de los recursos de reposición que se presenten.

Si este recurso de reposición se dirige contra un acuerdo resolutorio de la reclamación adoptado por el Consejo de Ministros, Hacienda también se encargará de las actividades necesarias para su tramitación hasta que vuelva a elevarse una propuesta de resolución al Consejo de Ministros.

Estos acuerdos de encomienda de gestión, con vigencia de dos años, contarán con una comisión de seguimiento y no suponen la cesión de la titularidad de la competencia del ministro encomendante para la resolución de las reclamaciones y de los recursos que pudieran presentarse.

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