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El contexto de la pandemia por Covid-19 ha profundizado las condiciones de vulneración de los derechos sexuales y reproductivos de las mujeres. En muchos casos se han visto confinadas con los perpetradores de la violencia en sus propios hogares. Han sido aisladas de sus redes de protección y desatendidas por los servicios de seguridad, justicia y atención a casos de violencia. No han tenido acceso a medios y servicios para atender su salud sexual y reproductiva en un escenario de colapso del sistema público de salud. La situación se ha visto agravada por una mayor dependencia económica, lo que incide directamente en una mayor vulnerabilidad.

Violencia de género 

Una revisión de las cifras permite visibilizar que entre el 1 de enero y el 4 de noviembre de este año, se ha registrado en Bolivia 100 feminicidios y 46 infanticidios a nivel nacional. La Fuerza Especial de Lucha Contra la Violencia (FELCV) ha recibido 18.464 denuncias por violencia hacia la mujer. Los hospitales del sistema público han atendido en los primeros cinco meses del año a 167 víctimas de violencia sexual y a 663 niñas gestantes. A su vez, la policía atendió en el periodo de cuarentena rígida (22 de marzo a 31 de mayo) 102 casos de estupro y 118 casos de violación a niños, niñas y adolescentes.

El Sistema Nacional de Información en Salud (SNIS) ha registrado 19.233 embarazos en niñas y adolescentes en el periodo de enero a julio de este año (90 cada día) de los cuales 953 corresponden a niñas menores de 15 años.

Pese a la Sentencia Constitucional 206/2014 que garantiza la Interrupción Legal del Embarazo (ILE) en casos de violación sexual, se han evidenciado diversos obstáculos e impedimentos en las instituciones estatales y proveedores de salud para que las víctimas puedan acceder a este servicio. Las mujeres son constantemente cuestionadas por parte del personal médico. Los establecimientos no tienen la infraestructura y equipamiento necesarios para la realización de la interrupción legal del embarazo. Hay una falta de conocimiento de los prestadores acerca de casos en los que procede la ILE (solo el 8%). No hay un control o acción inmediata en situación de violencia. Son muchas las razones por las que muchas mujeres optan por soportar este maltrato sexual en silencio.

Vulneración de los derechos sexuales y reproductivos

Es necesario partir del hecho de que el país no cuenta con una ley de Derechos Sexuales y Derechos Reproductivos ni una norma alternativa, a pesar de que estos derechos son reconocidos a nivel constitucional. Uno de los principales factores que impide que las políticas públicas y planes no se apliquen es la presión de grupos anti derechos. Esta situación de base se ha intensificado en el marco del Covid19. Debido a la crisis por la pandemia, las mujeres bolivianas han visto más limitado su acceso a servicios como controles prenatales, atención de la anticoncepción, atención por hemorragia, interrupción legal del embarazo o acceso a métodos de anticoncepción de emergencia.

La suspensión o limitación de estos servicios para dar prioridad a pacientes con Covid-19, (desconociendo lo establecido por la Consideración 53 de la Resolución 001/2020), ha puesto a las parteras en una primera línea. Se estima que cada una atiende en promedio 30 partos al mes, en condiciones muy precarias y sin los insumos de bioseguridad e instrumental.

La salud sexual, reproductiva y la prevención de la violencia contra las mujeres está afectada por una paralización o reducción drástica de los mecanismos estatales. Hay ciertas medidas de contingencia pero solo de carácter denominativo. Sin recursos, estrategias, ni planes para su efectiva implementación.

Políticas y medidas

Si bien existen medidas y disposiciones asumidas por el Estado boliviano en materia de derechos de las mujeres, derechos sexuales, derechos reproductivos y prevención de la violencia en el marco de la pandemia, muchas de las organizaciones de derechos humanos, indican que no estarían siendo implementadas por las condiciones del colapso sanitario, institucional y la falta de priorización por parte de las entidades públicas.

En el marco de la exigibilidad

El Estado debería garantizar la implementación de una estrategia que comprenda la atención de la salud sexual y reproductiva de la mujer en el contexto de la pandemia. Debe asegurar un funcionamiento adecuado y suficiente de los servicio de salud así como la atención a las interrupciones legales del embarazo. Además, debe priorizar los suministros sanitaros y preventivos así como de métodos anticonceptivos y la creación de equipos de alerta y reacción inmediata para la atención de casos de violencia contra mujeres, niños y niñas.



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